Coronavirus. Régimen aplicable en Córdoba desde el 1° hasta el 17 de julio de 2020 inclusive

SALUD. Desde el próximo miércoles, la provincia de Córdoba entrará en una nueva etapa de la cuarentena: de acuerdo a la resolución publicada en el Boletín Oficial, el Gobierno Nacional estableció que nuestra provincia pasará a la fase de «Distanciamiento social, preventivo y obligatorio».

En los «considerandos», el decreto -que regirá desde el 1º hasta el 17 de julio- destaca los logros de la provincia en la lucha contra el coronavirus. «Que las ciudades de Bariloche, Trelew y Córdoba lograron disminuir la transmisión comunitaria, presentando un predominio de transmisión por conglomerados», se lee en el documento.

Lee el boletín oficial aquí.

El Presidente, Alberto Fernández, decretó que «todos los departamentos de la provincia de Córdoba» entran en la esperada fase 5, es decir, de distanciamiento y ya no de aislamiento.

Los «parámetros epidemiológicos y sanitarios» que deben cumplirse para estar en «distanciamiento» son los establecidos en el artículo 3:

1. El sistema de salud debe contar con capacidad suficiente y adecuada para dar respuesta a la demanda sanitaria.

2. El aglomerado urbano, departamento o partido no debe estar definido por la autoridad sanitaria nacional como aquellos que poseen “transmisión comunitaria” sostenida del virus SARS-CoV-2.

3. El tiempo de duplicación de casos confirmados de COVID-19 no debe ser inferior a QUINCE (15) días. No será necesario cumplimentar este requisito si, por la escasa o nula cantidad de casos, no puede realizarse el mencionado cálculo.

Excepciones al decreto

El mismo decreto establece que «si un gobernador o gobernadora advirtiere una señal de alarma epidemiológica o sanitaria en un departamento o partido determinado de su jurisdicción, podrá requerir al Poder Ejecutivo Nacional, con el fin de proteger la salud pública, que dicho partido o departamento se excluya de las disposiciones del ‘distanciamiento social, preventivo y obligatorio‘ en forma preventiva, y pase a ser alcanzado por las disposiciones del ‘aislamiento social, preventivo y obligatorio'».