POLICÍA CAMINERA Y LOS CONTROLES EN CARRETERAS DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

POLICIALES (Arroyito – Redacción F.M. Libre). En «La Mañana de la Libre» dialogamos con el Crio. Mariano Vaistij (Policía Caminera) acerca de la acción de la Policía Caminera en las Rutas Cordobesas, las infracciones más comunes y el comportamiento adecuado que deben tener los conductores al trasladarse de un lugar a otro.


Breve reseña de la Policía Caminera de la Provincia de Córdoba (https://www.policiacordoba.gov.ar/).

La Policía Caminera, un cuerpo especial dentro de esa fuerza pública, con un radio de acción en las carreteras de mayor incidencia vehicular.

Es muy amplia la gama de leyes que pueden aplicarse en los controles emanados desde esa fuerza, desde el Código Penal, el Código Procesal Penal, ley de tránsito, leyes ambientales, Código de Convivencia; todo en pos de un bien común que llamamos Seguridad Vial.

Pueden surgir muchas incógnitas dentro de las personas respecto a la presencia de tantos efectivos policiales distribuidos a lo largo de todas las carreteras. Estos controles no son arbitrarios sino que se llevan a cabo cuando se detecta una anomalía. Entonces, ¿para qué se controla?, ¿cuáles son los objetivos?, ¿para qué sirve un control de la Policía Caminera?, son algunos de los cuestionamientos que reportan los efectivos afectados a dichos controles.

Toda la capacidad logística que la Policía Caminera despliega en sus rutas tiene un solo objetivo: la seguridad de las personas. Las públicas y preocupantes cifras que se manejaban a nivel oficial, que daban a conocer distintos organismos y algunas ONG referidas a los siniestros viales, y a la pérdida temprana e innecesaria de vidas humanas, fue que desde el Gobierno de la Provincia estructuró un órgano de control distribuido en todo el territorio de la provincia, para la información, la colaboración y la fiscalización de las personas que transiten las rutas cordobesas.

El objetivo de la Policía Caminera es bajar esos índices de siniestralidad, encausando para tal fin recursos humanos con un perfil idóneo, capaces de solucionar los inconvenientes típicos que suelen sufrir quienes viajan, y brindar información específica en la materia; como así también poner a disposición de los usuarios de las rutas toda la logística necesaria tanto para la colaboración de quien lo requiera, como para la sanción de quien decide infringir la Legislación vigente, aquélla que nos indica el comportamiento a seguir para la vida en armonía con las demás personas.

Desde la Dirección de Prevención de Accidentes de Tránsito se diseñó un plan de seguridad vial que apunta a la seguridad en las rutas, que vele por el comportamiento de los automovilistas y sus acompañantes, penando a quienes optan por violar la legislación vigente. Porque se parte del concepto que esa legislación aplicada al tránsito no es optativa, y la correcta utilización de la misma ayudaría a prevenir la siniestralidad, que resulta lamentable desde la pérdida de vidas humanas, hasta muy costosa para las arcas provinciales (la asistencia a las víctimas, en términos económicos, se mide en horas/hombre de aquéllos que colaboran tanto en la atención de heridos, traslado de personas fallecidas, cortes de ruta, rescate, etc.; como el material logístico empleado a tal fin, la atención y curación de esos heridos, los litigios legales que de allí se desprenden, las pensiones en caso de lesiones permanentes y/o incapacidades; y un sinfín de cuestiones que hacen que el terreno sea complejo).

La seguridad vial es una materia relativamente nueva en nuestro país, por ese motivo aún encuentra mucha resistencia, encontrando en el mito popular la creencia de que todo ese despliegue de recursos podría bien destinarse a otra área donde la seguridad social se ve seriamente comprometida. La OMS definió, en un recordado informe del año 2004, como «pandemia» a la siniestralidad vial en nuestro país. Esos son los índices que se quieren combatir, porque no solamente hace al buen comportamiento en rutas cordobesas, sino que cuida a quienes visitan la provincia, porque se entiende que una persona bajo tratamiento complejo o lisiado por sufrir un siniestro vial, ya no puede colaborar con la economía familiar, o peor aún, falleciendo, y dejando a su familia a merced de quien quiera hacerse cargo.